El Ministerio de Economía anunció cambios al proyecto de ley de Inocencia Fiscal, con el objetivo de ampliar la cantidad de contribuyentes que pueden acceder al régimen y brindar mayor seguridad jurídica. La iniciativa, presentada por el ministro Luis Caputo y la secretaria Legal y Técnica de la Presidencia, María Ibarzabal Murphy, modifica la ley sancionada en 2024 y busca responder a observaciones de tributaristas.
Quiénes podrán adherir y qué beneficios se mantienen
Según el comunicado oficial, el proyecto elimina los requisitos que hoy exigen ingresos anuales inferiores a mil millones de pesos y patrimonio total de hasta diez mil millones de pesos. De esta forma, todas las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país podrán ingresar al régimen, sin distinción de patrimonio ni ingresos. La única salvedad es que los considerados “Grandes Contribuyentes” por ARCA podrán adherir a la modalidad simplificada, pero no gozarán de las presunciones ni efectos liberatorios.
El ministro Caputo destacó que el espíritu de la ley no cambia: “El objetivo sigue siendo que esos ahorros puedan ser formalizados en el sistema bancario sin ninguna penalidad”. Según datos oficiales, los depósitos en dólares del sistema financiero alcanzan cerca de 40.000 millones de dólares, pero existe un monto superior a cuatro veces esa cifra en ahorros fuera del circuito bancario.
Cuándo el fisco podrá impugnar la declaración jurada
Uno de los cambios más relevantes es el nuevo umbral para que ARCA pueda romper la presunción de exactitud de la declaración jurada simplificada. Hoy, si la impugnación resulta en un incremento del 15% o más sobre lo declarado, la presunción cae automáticamente. El proyecto introduce un piso mínimo: aunque se supere el 15%, la presunción se mantiene si la diferencia nominal reclamada no alcanza el equivalente al 5% del monto de evasión previsto en la Ley Penal Tributaria, que en números concretos es de cinco millones de pesos.
Además, si ARCA detecta una discrepancia significativa, el contribuyente podrá presentar una declaración jurada rectificativa y cancelar la diferencia más los intereses en un plazo de hasta 15 días hábiles desde la notificación de la determinación de oficio. En caso de que la impugnación sea rechazada, se restablece plenamente la presunción de exactitud y ARCA debe reintegrar los aportes pagados con intereses en un plazo no mayor a 45 días hábiles.
Impacto práctico en contribuyentes y profesionales
Estos cambios apuntan a robustecer la seguridad jurídica, según el comunicado oficial. Sin embargo, una carta de lectores publicada en La Nación advierte sobre los límites del régimen: la declaración jurada simplificada concede presunción de exactitud y efectos liberatorios, pero no inmunidad. La ley 27.799 permite que esa protección ceda ante una discrepancia significativa entre lo declarado y la información de ARCA o terceros. El problema, según la carta, es el origen de esa discrepancia: una acreditación bancaria prueba el ingreso de fondos, pero no su causa. Puede ser renta, pero también cancelación de una hipoteca, devolución de un préstamo o transferencia entre cuentas.
La carta señala que las bases fiscales registran datos, pero no su causal, y que la inconsistencia genera requerimientos para explicar operaciones legítimas. “La carga jurídica podrá ser del fisco; el costo práctico recae sobre contribuyentes y profesionales”, sostiene. Además, si existen multas formales elevadas, aun sin impuesto omitido, simplificar un formulario no basta. “Ninguna reforma debería crear un impuesto al error”, concluye.
Qué efectos inmediatos, condicionados e inciertos se prevén
- Inmediatos: Los contribuyentes que hoy no podían adherir por superar los topes de ingresos o patrimonio podrán hacerlo una vez que la ley sea aprobada. También se reduce la incertidumbre sobre cuándo el fisco puede impugnar, al fijar un umbral mínimo de $5 millones.
- Condicionados: Los beneficios para “Grandes Contribuyentes” están limitados: podrán usar la modalidad simplificada, pero no gozarán de presunciones ni efectos liberatorios. La posibilidad de rectificar en 15 días hábiles depende de que ARCA notifique la determinación de oficio.
- Todavía inciertos: El impacto real en la formalización de ahorros depende de la confianza que genere el régimen y de la aplicación práctica de los nuevos umbrales. La carta de lectores sugiere que podrían surgir controversias sobre el origen de las acreditaciones bancarias, lo que podría generar nuevos requerimientos.
Qué dato conviene seguir
El proyecto aún debe ser tratado en el Congreso. Conviene seguir la letra final de la ley, especialmente la definición de “discrepancia significativa” y los plazos para rectificar. También será clave observar cómo ARCA implementa los nuevos umbrales y si los contribuyentes que adhieran logran evitar contingencias futuras. La evolución de los depósitos en dólares y la cantidad de adhesiones al régimen serán indicadores del éxito de la medida.
Fuentes consultadas
- LA NACION
- Argentina.gob.ar Fuente primaria
El Sereno contrastó las fuentes enlazadas y añadió contexto, comparación o análisis documental. Las fuentes primarias están identificadas. La nota no se presenta como investigación de campo ni como entrevista propia, salvo indicación expresa.

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