El Ministerio de Economía anunció este miércoles una serie de cambios al proyecto de ley de Inocencia Fiscal, que serán enviados al Congreso. La conferencia de prensa estuvo a cargo del ministro Luis Caputo y la secretaria Legal y Técnica de la Presidencia, María Ibarzabal Murphy, con la participación de tributaristas.
Eliminación de topes para adherir al régimen
El proyecto elimina los tres requisitos que actualmente limitan el acceso al régimen simplificado: ingresos anuales de hasta mil millones de pesos, patrimonio de hasta diez mil millones y no ser considerado “Gran Contribuyente”. Con la reforma, todas las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país podrán adherir, sin distinción de patrimonio ni ingresos.
La única salvedad es para los “Grandes Contribuyentes”: podrán usar la modalidad simplificada, pero no gozarán de las presunciones ni de los efectos liberatorios previstos en la ley. Según Caputo, el objetivo es que “esos ahorros puedan ser formalizados en el sistema bancario sin ninguna penalidad”.
El ministro atribuyó la medida a la alta informalidad generada por años de presión tributaria, déficit fiscal, emisión monetaria, inflación y restricciones cambiarias. Señaló que, aunque los depósitos en dólares del sistema financiero alcanzan niveles récord de casi 40.000 millones de dólares, hay más de cuatro veces ese monto en ahorros fuera del circuito bancario.
Nuevo umbral para el quiebre de la presunción
Uno de los cambios más sensibles es el que define cuándo el fisco puede romper la presunción de exactitud del contribuyente. Hoy, si la impugnación de ARCA resulta en un incremento del 15% o más sobre lo declarado, la presunción cae automáticamente. El proyecto introduce un umbral mínimo: aunque se supere el 15%, la presunción se mantiene si la diferencia nominal no alcanza el equivalente al 5% del monto de evasión previsto en la Ley Penal Tributaria, es decir, cinco millones de pesos.
Además, si ARCA detecta una discrepancia significativa, el contribuyente podrá presentar una declaración jurada rectificativa y cancelar la diferencia más los intereses en un plazo de hasta 15 días hábiles desde la notificación de la determinación de oficio.
Reintegros y seguridad jurídica
El cuarto cambio brinda una herramienta adicional: si el contribuyente impugna la determinación y obtiene una resolución firme a su favor, se le restablece plenamente la presunción de exactitud y ARCA debe reintegrar los aportes pagados con intereses en un plazo no mayor a 45 días hábiles desde la notificación.
Caputo afirmó que estos cambios buscan “robustecer la seguridad jurídica” y dar confianza a los contribuyentes para que adhieran, independientemente de quién sea el gobierno de turno. El proyecto fue elaborado tras recibir observaciones de asesores tributarios, con quienes armaron una mesa de trabajo.
Impacto práctico y puntos a seguir
La reforma impacta directamente en las personas con ahorros no declarados, especialmente aquellos que superaban los topes actuales y no podían ingresar al régimen. También beneficia a los “Grandes Contribuyentes”, aunque con menos ventajas. Los cambios en la presunción de exactitud y los plazos de reintegro buscan reducir la incertidumbre para todos los que ya habían adherido o planean hacerlo.
Los efectos inmediatos serían:
- Ampliación del universo de potenciales adherentes: ya no hay límites de patrimonio ni ingresos.
- Menor riesgo de que caiga la presunción de exactitud por diferencias menores a cinco millones de pesos.
- Plazo de 15 días para rectificar y pagar diferencias sin perder los beneficios.
- Obligación de ARCA de reintegrar con intereses en 45 días si el contribuyente gana una impugnación.
Los efectos condicionados dependen de la aprobación del Congreso. Si se modifica el proyecto, los cambios podrían variar. Además, la implementación práctica requerirá que ARCA adecúe sus sistemas y procedimientos.
Los efectos todavía inciertos son el impacto real en la recaudación y en la formalización de ahorros, ya que no hay estimaciones oficiales sobre cuánto dinero podría ingresar al sistema bancario. Tampoco se sabe cómo reaccionarán los contribuyentes ante los cambios en la presunción.
Qué conviene seguir
El dato clave a seguir es el tratamiento legislativo del proyecto: si se aprueba sin modificaciones, cuándo se reglamenta y cómo ARCA implementa los nuevos umbrales y plazos. También conviene observar si se publican estadísticas oficiales sobre la adhesión al régimen y el monto de los fondos formalizados, para evaluar si la medida cumple los objetivos anunciados.
Fuentes consultadas
- La Derecha Diario
- Argentina.gob.ar Fuente primaria
- La Izquierda Diario
El Sereno contrastó las fuentes enlazadas y añadió contexto, comparación o análisis documental. Las fuentes primarias están identificadas. La nota no se presenta como investigación de campo ni como entrevista propia, salvo indicación expresa.
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