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La Corte Suprema precisó que su fallo sobre la Ley de Tierras se limitó a un aspecto procesal

El tribunal emitió un comunicado para aclarar que no resolvió la constitucionalidad del régimen de tierras y que la causa de fondo sigue pendiente.

Por · Publicado: octubre 2, 2026
La Corte Suprema precisó que su fallo sobre la Ley de Tierras se limitó a un aspecto procesal

La Corte Suprema de Justicia de la Nación difundió un comunicado oficial para precisar los alcances de su fallo en la causa Centro de Combatientes Isla Malvinas la Plata (CECIM) contra el Gobierno Nacional. Según la fuente, el tribunal buscó “disipar dudas” ante las repercusiones políticas y sociales que generó la decisión.

Qué resolvió la Corte según el comunicado

El texto difundido sostiene que “en el caso solo se decidió un aspecto procesal, que se refiere a la legitimación de una asociación para obtener una medida cautelar”. La Corte afirmó que su fallo “se ajusta estrictamente a todos los precedentes”.

Además, aclaró que la sentencia no afecta otras medidas cautelares con el mismo objeto que tramitan en distintos tribunales del país. Tampoco impide que cualquier persona que considere inconstitucional el régimen legal de tierras peticione una medida cautelar, cuya procedencia decidirá un juez competente.

El contexto del fallo y la causa de fondo

La decisión del máximo tribunal revocó un fallo de la Cámara Federal de La Plata vinculado al régimen de tierras rurales. Esa resolución, ahora revocada, mantenía suspendida la vigencia de una parte del DNU 70/23, específicamente el artículo que busca derogar la Ley de Tierras, una de las prioridades del Gobierno desde el comienzo de su mandato.

La Corte subrayó que la controversia de fondo referida a la ley de tierras y la vigencia de la Ley 26.737 no fue resuelta en este caso. Concluyó que “se expedirá sobre las normas jurídicas conocidas como ley de tierras cuando lleguen esos reclamos, lo que no ha ocurrido hasta el momento”, por lo que “de modo que no puede interpretarse de ninguna manera que exista una posición del Tribunal o de los ministros sobre el referido régimen”.

Reacciones políticas y sesión especial

La oposición solicitó una sesión especial para el 15 de octubre ante la situación generada por el fallo. El objetivo es debatir proyectos sobre la emergencia en discapacidad, el endeudamiento familiar y la restitución de la Ley de Tierras, que limita la venta de inmuebles rurales a extranjeros. La petición fue presentada por los bloques de Unión por la Patria, Encuentro Federal, la Coalición Cívica, la Izquierda y Provincias Unidas.

Esa sesión coincide con la quinta Marcha Federal Universitaria impulsada ese mismo día por gremios docentes, no docentes y federaciones estudiantiles en reclamo de mejores salarios y la plena vigencia del financiamiento universitario.

El comunicado también advirtió que “los grupos de interés que presionan sobre el tema también pueden recurrir al reclamo judicial”, y señaló que, en una democracia, esa vía “es más adecuada que la promoción de discursos de odio y descalificación en las redes sociales”.

Límites de la información disponible

La fuente consultada no reproduce el texto completo del comunicado ni el fallo. Tampoco detalla los fundamentos jurídicos de la decisión ni el voto de cada ministro. Los ministros mencionados son Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

No se informa si el comunicado fue firmado por unanimidad ni si hubo disidencias. Tampoco se precisa la fecha exacta del fallo ni del comunicado. La única fecha concreta es la del 14 de marzo de 2024, cuando el Senado rechazó el DNU 70/2023, según la fuente.

Comparación de datos entre fuentes

La segunda fuente consultada no aborda el fallo de la Corte Suprema sobre la Ley de Tierras. Su contenido se centra en la apelación de Claudio Contardi contra su condena por abuso sexual, entre otros temas de espectáculos y policiales. Por lo tanto, no permite contrastar ni confirmar la información sobre la causa CECIM.

La única fuente que aporta datos sobre el fallo es el artículo periodístico, que a su vez cita fragmentos del comunicado oficial. No se dispone de acceso directo al documento original de la Corte Suprema ni a la resolución de la Cámara Federal de La Plata.

Aspecto Fuente 1 (Periódico Tribuna) Fuente 2 (La Derecha Diario)
Tema principal Fallo de la Corte Suprema sobre Ley de Tierras Apelación de Claudio Contardi por abuso sexual
Mención a la Corte Suprema Sí, comunicado oficial No
Mención a la Ley de Tierras Sí, artículo que busca derogarla No
Fecha de sesión especial 15 de octubre No menciona
Rechazo del Senado al DNU 70/2023 14 de marzo de 2024 No menciona

Nota metodológica: La tabla compara la presencia o ausencia de los mismos tópicos en ambas fuentes. No se contrastan cifras porque la Fuente 2 no aporta datos sobre el fallo de la Corte Suprema. La Fuente 1 es un artículo periodístico que cita un comunicado oficial; no se accedió al documento original.

Qué dato o decisión conviene seguir

El dato a seguir es el texto completo del comunicado de la Corte Suprema y, si existe, el fallo completo. También conviene monitorear si la Corte se expide sobre la constitucionalidad de la Ley 26.737 en algún caso futuro, y si la sesión especial del 15 de octubre avanza en el tratamiento de los proyectos sobre la Ley de Tierras. La evolución de las medidas cautelares en otros tribunales es otro punto a observar.

Fuentes consultadas

El Sereno contrastó las fuentes enlazadas y añadió contexto, comparación o análisis documental. Las fuentes primarias están identificadas. La nota no se presenta como investigación de campo ni como entrevista propia, salvo indicación expresa.

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